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institución:BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio Nº 01091 23 de enero de 2015 DCA-0205 MBA. Luis Ángel Montoya Mora Gerente General BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA Fax: 25277417 o 25277497 Estimado señor: Asunto: Se aprueba contrato para “alquiler de un centro de procesamiento alterno”, suscrito por el Banhvi y la empresa ADN Solutions, Sociedad de Responsabilidad Limitada producto de la Licitación Pública No 2014LN-0000001- 01, por $262.650. Nos referimos a su oficio No. GG-OF-1190-2014 de fecha 4 de diciembre de 2014, mediante el cual solicita el refrendo contralor al contrato descrito en el asunto. Esta División de Contratación Administrativa requirió información adicional a la Administración contratante mediante oficio 620 del 15 de enero de este año, el cual fue atendido mediante oficio No.GG-OF-0031-2015 del 20 de enero de 2015 recibido en esta Contraloría General en fecha 21 de enero de 2015. Por disposición del artículo 8 del Reglamento de Refrendos, se tiene por acreditado lo siguiente: 1. Certificación de contenido económico correspondiente al oficio sin número suscrito el 20 de enero de 2015 emitida por José Pablo Durán Rodríguez, Departamento Financiero Contable del BANHVI que certifica que “en el Presupuesto Ordinario 2015, aprobado por la Contraloría General de la República, mediante oficio No DFOE-EC-0765 del 03 de diciembre de 2014, se encuentran debidamente incorporados los recursos presupuestarios necesarios para dar contenido a la “Contratación de un Centro de Procesamiento Alterno, con la empresa ADN Solutions, S.A durante el periodo 2015, por la suma de ¢57.525.000, 00. (...)” (Aportada mediante oficio No.GG-OF-0031-2015 del 20 de enero de 2015 recibido en esta Contraloría General en fecha 21 de enero de 2015.) 2. Resolución Final de la Licitación Pública No 2014 LN-000001-01 de la Gerencia General del Banco Hipotecario de ...
Fecha publicación: 28/01/2015
Fecha emisión: 23/01/2015
Documento: 01091-2015.pdf
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05879 16 de junio de 2014 DCA-1600 MBA Juan de Dios Rojas Cascante Gerente General a. i. Banco Hipotecario de la Vivienda Fax: 25277417 Estimado Señor: Asunto: Se deniega refrendo por no requerirlo, al contrato celebrado entre el Banco Hipotecario de la Vivienda y la empresa Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A., para contratar servicios de seguridad y vigilancia del edificio del BANVHI, producto del procedimiento de Licitación Pública No. 2013LN-000002-01, por la suma total de ¢ 54.049.794,24. (cincuenta y cuatro millones cuarenta y nueve mil setecientos noventa y cuatro colones con veinticuatro céntimos). Nos referimos a su oficio No. GG-OF-0533-2014 del 03 de junio de 2014, recibido en este órgano contralor el día 4 de igual mes y año, mediante el cual solicita el refrendo contralor al contrato celebrado entre el Banco Hipotecario de la Vivienda y la empresa Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A., para contratar servicios de seguridad y vigilancia del edificio del BANVHI, producto del procedimiento de Licitación Pública No. 2013LN-000002-01, por la suma total de ¢ 54.049.794,24. (cincuenta y cuatro millones cuarenta y nueve mil setecientos noventa y cuatro colones con veinticuatro céntimos). Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito sin el refrendo legal solicitado, por las razones que de seguido se indican. Como punto de partida es importante señalar, que mediante resolución R-DC-31-2012 del 7 de marzo del 2012, publicada en el Alcance N°32 a La Gaceta N°55 del 16 de marzo del 2012, y en vigencia a partir del 16 de abril del mismo año, esta Contraloría General procedió a la modificación del artículo 3 del Reglamento sobre el ...
Fecha publicación: 19/06/2014
Fecha emisión: 16/06/2014
Documento: 05879-2014.pdf
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13669 11 de diciembre del 2013 DCA-3174 Señor Juan de Dios Rojas Cascante Gerente General a.i Banco Hipotecario de la Vivienda Fax: 2527-74-17 Estimado señor: Asunto: Se aprueba el contrato suscrito entre el Banco Hipotecario de la Vivienda y el Consorcio de Transportes Cooperativos Metrocoop R.L, correspondiente a la venta del derecho de participación de la primera en el Fideicomiso MERCOOP-CATHAY, adjudicado por un monto de ¢190.690.976,86 (ciento noventa millones seiscientos noventa mil novecientos setenta y seis colones con ochenta y seis céntimos), derivado de la Licitación Pública N°2013LN-000003-01. Nos referimos a su oficio GG-OF-1061-2013 del 18 de octubre del 2013, recibido en este órgano contralor en fecha 25 de igual mes y año, por medio del cual solicita el refrendo legal del contrato suscrito entre esa institución y el Consorcio de Transportes Cooperativos Metrocoop R.L., referido a la venta del derecho de participación de la primera en el Fideicomiso MERCOOP- CATHAY, adjudicado por un monto de ¢190.690.976,86 (ciento noventa millones seiscientos noventa mil novecientos setenta y seis colones con ochenta y seis céntimos), derivado de la Licitación Pública N°2013LN-000003-01. Por medio de los oficios GG-OF-1212-2013 del 26 de noviembre y GG-OF-1273-2013 del 10 de diciembre, ambos del 2013, esa entidad autónoma atendió requerimientos de información adicional solicitados por este Despacho mediante oficios DCA-2918 y DCA-3115, respectivamente de los días 19 de noviembre y 5 de diciembre del mismo año. I.-Aspectos considerados en la solicitud. Por disposición del artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se tiene por acreditado lo siguiente: 1. Estudio Técnico que justifica la venta del derecho de participación licitad ...
Fecha publicación: 16/12/2013
Fecha emisión: 11/12/2013
Documento: 13669-2013.pdf
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09956 27 de setiembre de 2012 DCA-2289 Señor Manuel Párraga Sáenz Gerente General Banco Hipotecario de la Vivienda. Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre el Banco Hipotecario de la Vivienda y la empresa Purdy Motor S.A. para la adquisición de cuatro vehículos todo terreno y dos vehículos sedan, por un monto de $214.000,00, según Licitación Pública 2012LN-000003-01. Nos referimos a su oficio N° GG-OF-0806-2012 del 27 de agosto del 2012, mediante el cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, esta División otorga el refrendo correspondiente al contrato de marras, bajo los siguientes comentarios y condiciones: I. Antecedentes. De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1) El Gerente General del Banco Hipotecario de la Vivienda, mediante resolución de las diecisiete horas del trece de agosto del 2012, adjudicó la licitación pública 2012LN-000003-01 a favor de la empresa Purdy Motor S.A. por un monto total de $214.880. Lo anterior visible a los folios 158 al 163 del expediente administrativo, y su comunicación mediante aviso publicado en La Gaceta N° 160 del 21 de agosto de 2012 (ver folio 168 del expediente administrativo). 2) Con vista en el folio 177 del expediente de contratación, se hace constar en la certificación de contenido presupuestario emitida por el señor José Pablo Durán Rodríguez, Jefe del Departamento Financiero Contable del BANHVI, que se cuenta con los recursos necesarios para afrontar las erogaciones que demande la presente contratación. 3) De conformidad con lo señalado en el cartel, tal como consta en “Compr ...
Fecha publicación: 02/10/2012
Fecha emisión: 27/09/2012
Documento: 09956-2012.pdf
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09030 22 de septiembre, 2011 DCA-2444 MAE Manuel Párraga Sáenz Gerente General Banco Hipotecario de la Vivienda Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, el Convenio de Traspaso de Recursos de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y el Banco Hipotecario de la Vivienda. Nos referimos a su oficio GG-OF-0881-2011 de fecha doce de septiembre del corriente, recibido en misma fecha, mediante el cual requiere refrendo contralor para el Convenio de Traspaso de Recursos de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y el Banco Hipotecario de la Vivienda. I. Antecedentes Remite la Administración al trámite de refrendo contralor un Convenio de Traspaso de Recursos de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos, y Atención de Emergencias (en lo sucesivo CNE) y el Banco Hipotecario de la Vivienda (en lo sucesivo BANHVI). Sobre el particular debe tenerse presente que en el considerando XI del Convenio se indica que con ocasión de la emergencia nacional provocada por la Tormenta tropical Tomás, y con base en el Decreto de Emergencia No. 36252-MP y el Plan de Emergencia No. 36252 y 36262, aprobado por la CNE mediante el acuerdo 067-2011, el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos presentó para su aprobación el Plan de Inversión para la atención de casos de reparación, reconstrucción y traslado de viviendas, según la necesidad e información enviada a la CNE en la etapa de evaluación de daños. El cual fue aprobado por la CNE hasta por un monto de veinticinco mil millones de colones, mediante el acuerdo No. 216.2011 de la Junta Directiva de la CNE. Aunado a lo anterior, el considerando XV del Convenio dispone que la Presidencia de la República ha aprobado la Directriz 19-P de fecha catorce de junio de dos mil once, mediante el cual se orienta ...
Fecha publicación: 27/09/2011
Fecha emisión: 22/09/2011
Documento: 09030-2011.pdf
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07281 09 de agosto de 2011 DCA-2024 Señor MAE. Manuel Párraga Sáenz Gerente General Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato celebrado entre el BANHVI y Servicios Técnicos Viachica S.A., para la “contratación de servicios de seguridad y vigilancia del edificio del BANHVI”, producto de la Licitación Pública 2010LN-000001-01, por un monto de ¢42.720.000. Nos referimos a su oficio GG-OF-0755-2011 de fecha 3 de agosto del año en curso y de recibo en esta Contraloría General de la República en fecha 4 de agosto del corriente, mediante el cual remite para trámite de refrendo, el contrato suscrito entre el BANHVI y Servicios Técnicos Viachica S.A., de conformidad con lo indicado en el asunto. El contrato anteriormente citado, es refrendado bajo los siguientes comentarios y condicionamientos: I. Antecedentes: De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. Que de acuerdo con el acto de readjudicación, del 1 de julio del 2011 se adjudicó a Servicios Técnicos Viachica S.A., el concurso de marras, lo anterior visible a folio 715 a 721 del expediente administrativo y la comunicación de dicha adjudicación, se dio mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta 132 del 8 de julio de 2011, ver folio 726 del expediente administrativo. 2. Que con vista en la certificación de contenido presupuestario, visible a folio 733 del expediente administrativo, con fecha 1 de agosto de 2011, firmada por José Pablo Durán Rodríguez, Jefe del Departamento Financiero Contable, se cuenta con el disponible presupuestario para cubrir las erogaciones que demande la presente contratación. 2 3. Que de conformidad con lo señalado en el cartel ...
Fecha publicación: 11/08/2011
Fecha emisión: 08/08/2011
Documento: 07281-2011.pdf
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07709 12 de agosto, 2010 DJ-3190 Señor Juan de Dios Rojas Cascante Director General a.i. Banco Hipotecario de la Vivienda Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo condicionado al Contrato para la Implementación del Sistema de Recursos Humanos y su adenda del 06 de julio del 2010, suscritos por el Banco Hipotecario de la Vivienda y la empresa OPTEC Sistemas S.A. Licitación Pública N° 2009LN-000003-01. Nos referimos a sus oficios N° GG-OF-0769-2010 y GG-OF-0949-2010 mediante los cuales solicita refrendo y brinda información adicional, respecto al Contrato para la Implementación del Sistema de Recursos Humanos y su adenda, suscrito entre el Banco Hipotecario de la Vivienda y la empresa OPTEC SISTEMAS S.A. por un monto de $124.000.00. Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública sobre los alcances del análisis de los contratos, se devuelve el contrato de mérito debidamente refrendado, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor Juan de Dios Rojas Cascante en su condición de Director General a.i. En caso de que el mismo no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda a ejercer el control sobre los condicionamientos señalados a continuación: 1. En relación con la cláusula primera del contrato, entiende este órgano contralor que forman parte integral de la contratación los términos definidos en el cartel y aceptados debidamente en la oferta por la firma contratista. 2. De la información remitida se desprende que el señor Juan de Dios Rojas Cascante cuenta con la competencia por monto para suscribir este contrato, en tanto ostenta el cargo de gerente general. 3. Es responsabili ...
Fecha publicación: 15/08/2010
Fecha emisión: 12/08/2010
Documento: 07709-2010.pdf
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 09548 11 de setiembre, 2009 DJ-1117 Licenciado Juan de Dios Rojas Cascante Gerente General a.i. Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite de refrendo, por no requerirlo, la adenda del contrato de compraventa de un derecho de participación fiduciaria, celebrado entre el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) con el Consorcio Cooperativo de Transportes R.L. (METROCOOP R.L) En atención a su Oficio N° GG-OF-1286-2009 de 31 de agosto del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo a la segunda adenda del contrato de compraventa de un derecho de participación fiduciaria, celebrado entre el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) con el Consorcio Cooperativo de Transportes R.L. (METROCOOP R.L), le comunicamos lo siguiente: Según indica en su oficio de remisión, la cláusula tercera del contrato, modificada por adenda de fecha 30 de julio, establece que la cancelación del precio compraventa debe hacerse de parte del comprador a más tardar cinco días hábiles después de la comunicación del refrendo por parte de esta Contraloría General, comunicación que se le hizo a METROCOOP R.L. el día 27 de agosto, por lo que vence el 3 de setiembre de este año. Indica que no obstante lo anterior, la contratista solicita una prórroga al 30 de setiembre inclusive, dado que según documentación que adjuntan, el Banco Popular y de Desarrollo Comunal le aprobó un crédito para financiar la compraventa sujeto a ciertos requisitos, los cuales no será posible cumplir dentro de los indicados cinco días hábiles. Manifiesta que para el BANHVI y para el interés público en general, la realización de ese contrato reviste de gran importancia dada las condiciones problemáticas y contenciosas que giran en torno al inmueble sobre el cual el Banco mantiene el derecho objeto de venta mediante licitación, de esa forma indican que están de acuerdo con el planteamiento de METROCOOP R ...
Fecha publicación: 17/09/2009
Fecha emisión: 11/09/2009
Documento: 09548-2009.doc
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08803 21 de agosto, 2009 DJ-0790 Licenciado Juan de Dios Rojas Cascante Gerente General a.i. Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato y adenda de compraventa de un derecho fiduciario, celebrado entre el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) con el Consorcio Cooperativo de Transportes R.L. (METROCOOP R.L.). En atención a su Oficio N° GG-OF-0876-2009 de 30 de junio, complementado por Oficios N° GG-OF-0947-2009 de 9 de julio y N° GG-OF-114-2009 de 3 de agosto, todos del año en curso, mediante los cuales solicita el refrendo al contrato y adenda de compraventa de un derecho fiduciario, celebrado entre el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) con el Consorcio Cooperativo de Transportes R.L. (METROCOOP R.L.), le comunicamos que una vez analizado los documentos contractuales, así como el expediente que los acompaña, estamos otorgando el refrendo a dicha negociación, condicionado expresamente a las siguientes observaciones: 1. El presente refrendo no cuestiona el recibo en dación en pago de la participación patrimonial en el Fideicomiso Mercoop-Cathay, que realizó la extinta Viviendacoop R.L. al BANHVI. Tal negociación será de responsabilidad absoluta del Banco. 2. La presenta aprobación no avala tampoco la alternativa que eligió el Banco de ejecutar en un proceso de venta los derechos en el Fideicomiso Mercoop-Cathay, negocio cuya conveniencia será también de exclusiva competencia de la entidad bancaria. 3. Finalmente, la razonabilidad del precio establecido para la compraventa de los derechos es responsabilidad propia de esa Administración, conforme lo determinado en el Memorando N° DFNV-ME-1289-2008 de 16 de diciembre del 2008, suscrito por la MSc. Tricia Hernández Brenes, Jefe de la Dirección del FONAVI y avalado la Gerencia General en Resolución de la diez horas del ocho de mayo del dos mil nueve. Consecuentemente ...
Fecha publicación: 26/08/2009
Fecha emisión: 21/08/2009
Documento: 08803-2009.doc
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 06338 02 de julio, 2008 DCA-1944-2008 Doctor Ennio Rodríguez Céspedes Gerente General Banco Hipotecario de la Vivienda Fax: 2527-7477 Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite el contrato de arrendamiento de inmueble para aparcamiento de vehículos de los funcionarios del BANHI, visitantes y terceros suscrito por el Banco Hipotecario de la Vivienda y Parqueo Público Calderón G S. A. Nos referimos a su oficio GG-OF-0439-2008 de fecha 17 de junio del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo al contrato de arrendamiento de inmueble para aparcamiento de vehículos de los funcionarios del BANHI, visitantes y terceros suscrito por el Banco Hipotecario de la Vivienda y Parqueo Público Calderón G S. A. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos sin trámite el documento de mérito, toda vez que de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución R-CO-44-2007 del Despacho de la Señora Contralora del 11 de octubre del 2007, que, en lo que interesa, señala en su artículo 3, inciso 4), lo siguientes: “Se requerirá el refrendo en los siguientes casos: […] 4) Todo contrato administrativo derivado de la aplicación de las excepciones de oferente único, establecida en el inciso d) del artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa …en el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, según el estrato que corresponda a la Administración contratante, o bien cuando sea imposible estimar la cuantía en virtud de la naturaleza del negocio”. Ahora bien, teniendo que, según Resolución R-CO-7-2008 del 15 de febrero de 2008, ese Banco se ubica en el estrato F y, siendo que el monto del contrato es de ¢70.005.600,00 y el límite inferior para la aplicación de la licitación pública para ese estrato es de ¢78.700.000,00, se advierte que, para el pr ...
Fecha publicación: 10/07/2008
Fecha emisión: 02/07/2008
Documento: 06338-2008.doc
Institución: BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS